Consejo Estatal para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas

Consejo Estatal para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas

Secretaría de Bienestar

Derechos indígenas

"La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.

La conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas.

Son comunidades integrantes de un pueblo indígena, aquellas que formen una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres. El derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional.

El reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las constituciones y leyes de las entidades federativas, las que deberán tomar en cuenta"...

Fuente: Artículo 2 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.

 

En este apartado encontrarás los principales ordenamientos legales de interés para los pueblos indígenas, a partir de la Constitución Política de Estados Unidos México, Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; así como, instrumentos internacionales y leyes federales.